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El fallo relacionado con la Ley de la DNI exige al Congreso incrementar su nivel de precisión y cuidado

El fallo de inconstitucionalidad contra la ley que creó la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) obliga al Congreso Nacional a ser más cuidadoso en la aprobación de proyectos, según opinaron este lunes varios diputados.


Aunque las críticas a la Ley de la DNI se centraron en varios artículos que permitían la entrega de datos privados sin autorización judicial, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional su aprobación debido a que se trató como una ley ordinaria en lugar de una ley orgánica.


El diputado Alcibíades Tavárez, de la Fuerza del Pueblo, instó a los legisladores a examinar con mayor detenimiento las propuestas de ley tras la anulación de la Ley del DNI. Consideró este hecho como un llamado de atención para que el Congreso evite futuras contradicciones con la Constitución y proteja los derechos ciudadanos.


Si bien reconoció que la ley fue aprobada en un período legislativo anterior, Tavárez advirtió que fallos como este afectan la credibilidad del Congreso, por lo que exhortó a sus colegas a reflexionar y a evitar errores similares en el futuro.

Por su parte, el diputado Ignacio Aracena, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), reconoció que el Congreso incurrió en un error al aprobar la ley sin el procedimiento adecuado, pero destacó que la intervención del tribunal es una muestra del equilibrio democrático.


"No somos perfectos, pero nuestro sistema permite corregir los errores a través de las instituciones competentes", afirmó, reiterando que el Congreso debe ser más cauteloso con los proyectos venideros.


El diputado Rafael Castillo, vocero de la Fuerza del Pueblo, enfatizó que el Congreso debe evitar la aprobación de normativas que repitan los errores de la Ley del DNI. Según Castillo, esta normativa representaba un riesgo para los derechos fundamentales garantizados por la Constitución.


Fallo de fondo

El diputado Ramón Raposo, del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), sostuvo que la declaración de inconstitucionalidad de la Ley del DNI también refleja problemas sustanciales en su contenido. Para Raposo, la ley otorgaba "poderes desproporcionados" a organismos estatales, permitiéndoles intervenir en la vida privada de los ciudadanos sin autorización judicial.


Aunque el Tribunal Constitucional fundamentó su decisión en un error de procedimiento legislativo, Raposo insistió en que el principal problema radicaba en el contenido de la normativa.


Diferencias entre ley orgánica y ley ordinaria

En su sentencia, el Tribunal Constitucional determinó que la Ley 1-24 de la DNI fue aprobada como una ley ordinaria, cuando debió tratarse como una ley orgánica.


La Constitución establece que las leyes orgánicas requieren la aprobación de dos terceras partes de la matrícula congresual, ya que afectan derechos fundamentales de los ciudadanos. En cambio, las leyes ordinarias solo necesitan una mayoría simple, ya que no impactan directamente los derechos consagrados en la Carta Magna.


Un análisis de la ley, realizado por la Sociedad Dominicana de Diarios, denunció que esta normativa, aprobada en enero, contenía artículos que vulneraban la libertad de prensa al exigir la entrega de información a la DNI sin autorización judicial.

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