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Pacientes psiquiátricos padecen en las cárceles, viviendo en condiciones insalubres.


La Oficina Nacional de Defensa Pública descubrió en 2023 que 503 reclusos con diversos trastornos mentales compartían espacio con la población penitenciaria general en condiciones inhumanas dentro del sistema carcelario dominicano.


Sin acceso a medicamentos, tratamientos o espacios adecuados, las cárceles del país optan por aislar a estos reclusos en cuartos de concreto, donde permanecen las 24 horas del día, algunos desnudos y haciendo sus necesidades en el suelo.


En su informe más reciente, la Oficina Nacional de Defensa Pública documentó casos como el de Modesto de Jesús Pérez Coronado, quien en ese momento estaba "en una celda de aislamiento de aproximadamente tres metros, sometido a tratos inhumanos" en la Cárcel Concepción de La Vega.


Su estado de salud mental lo lleva a defecar y ensuciar su cuerpo con sus propias heces, lo que provoca un olor insoportable en las celdas, según describe el documento.


El Segundo Juzgado de la Instrucción de La Vega lo declaró "inimputable" y ordenó cambiar la prisión por una medida de seguridad.


Sin embargo, cuando las autoridades intentaron trasladarlo al Centro de Rehabilitación Psicosocial Padre Billini (conocido como El 28), fue rechazado por no haberse seguido el protocolo correspondiente. El recluso fue devuelto a la cárcel.


"No recibe la atención adecuada, carece de una alimentación apropiada, medicamentos, ropa limpia y un entorno higiénico. La celda no cuenta con una cama adecuada ni con suficiente ventilación, y no tiene acceso a tiempo de recreación al aire libre", señala el informe de la Defensoría, que no especifica su situación actual.


Otra reclusa que en ese momento estaba aislada es María Esther Sánchez, del Centro de Corrección y Rehabilitación Baní-Mujeres, debido a que "su condición la vuelve violenta".


El centro gestiona sus medicamentos a través de instituciones colaboradoras.


Son inimputables


Las personas que cometen un delito en estado de demencia son inimputables, por lo que no pueden ser condenadas a ningún tipo de castigo.


Esto lo establece el artículo 64 del Código Penal: "Cuando al momento de cometer la acción el inculpado estuviese en estado de demencia, o cuando se hubiese visto forzado a ello por una fuerza a la que no pudo resistir, no hay crimen ni delito".


El abogado penalista Plutarco Jáquez aclara que esta condición debe probarse mediante un certificado basado en la evaluación de tres psiquiatras.


Jáquez considera que la responsabilidad de esta situación recae tanto en la Procuraduría General de la República, encargada del sistema carcelario, como en la Oficina Nacional de Defensa Pública, que tiene la obligación de defender a quienes no cuentan con un abogado.


Un caso reciente


Las personas que cometen un delito en estado de demencia son inimputables, por lo que no pueden ser condenadas a ningún tipo de castigo.


Esto lo establece el artículo 64 del Código Penal: "Cuando al momento de cometer la acción el inculpado estuviese en estado de demencia, o cuando se hubiese visto forzado a ello por una fuerza a la que no pudo resistir, no hay crimen ni delito".


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